CABASE logró frenar la Ley Espía

Resguardo a la privacidad de e-mails e
Internet



Mediante un amparo judicial se garantiza la privacidad en el uso de Internet para el envío y
recepción de correos electrónicos y la visita de sitios web

Gracias a una Acción de Amparo presentada por CABASE -la Cámara que agrupa a los Proveedores de Acceso a Internet-, la Justicia
declaró, con fecha 13 de Mayo de 2005, la inconstitucionalidad de la Ley que obligaba a registrar y a almacenar todos los datos de los
e-mails enviados y recibidos por los habitantes de nuestro país.

Así lo entendió la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal al considerar que la Ley Nº 25.873 y su Decreto Reglamentario Nº
1563/2004 habilitaban la registración de datos personales.

Consecuentemente, ello permitía la intromisión pública sobre la esfera de la personalísima intimidad individual.

Además, las normas tampoco garantizaban el derecho constitucional a la inviolabilidad de la correspondencia privada.

En tal sentido, sostuvo el Juez que ?? no puede habilitarse la intromisión y/o registro de datos privados bajo la argumentación de una
prevención o posible investigación posterior”.

El Poder Ejecutivo Nacional así también lo entendió cuando el señor Presidente de la Nación ordenó la inmediata suspensión del Decreto
que reglamentaba dicha Ley.

?Ahora confiamos en que el Poder Ejecutivo Nacional, en forma coherente con la suspensión que efectuara del decreto reglamentario y de
las expresiones del Presidente Kirchner en la materia, consienta la sentencia”, indicó Patricio Seoane, presidente de CABASE.

Las normas declaradas inconstitucionales permitían también elaborar un detallado registro sobre cada una de las páginas de Internet
que visitaba un habitante de nuestro país.

Con esta información, juntamente con el registro de destino, origen y horarios de cada uno de los e-mails enviados o recibidos por una
persona, cualquier entidad podría fácilmente elaborar un perfil sobre la vida y preferencias de cada persona, violando así su
intimidad.

Este fallo no hace más que ratificar la posición de CABASE en defensa de los derechos individuales garantizados por nuestra
Constitución Nacional.

En esa posición coincidieron múltiples individuos y organizaciones que adhirieron espontáneamente a la Acción de Amparo presentada por
CABASE, a quienes la Cámara también reconoce y agradece.

Al tiempo de dar a conocer esta novedad, CABASE invitó a todos los que coinciden con la posición sostenida en el Amparo a hacer uso
del derecho constitucional de peticionar ante las autoridades. Entre ellas la acción de pedir al Presidente de la Nación que,
siguiendo el camino iniciado con el Decreto 357/05 (que suspendió la aplicación de la norma cuestionada), consienta la sentencia
recientemente dictada evitando así el dispendio innecesario de la actividad judicial.

A tal fin, a partir del 20/5/05 está disponible en la sede de CABASE un petitorio en tal sentido.

Fundada en 1989, CABASE es la Cámara que reúne a las empresas que se dedican a Internet, Comercio Electrónico, Contenidos y Servicios
Online. En CABASE se ha constituido el primer NAP (Network Access Point) privado de Latinoamérica, donde se interconectan en forma
gratuita más de 40 ISPs y organismos gubernamentales. Además, cuenta con una destacada actuación internacional: es socia fundadora de
la Federación de Latinoamérica y el Caribe para Internet y el Comercio Electrónico (eCOM-LAC) y del Registro Regional de Direcciones
IP de Latinoamérica y el Caribe (LACNIC) donde, a través de su Vicepresidente Institucional,ejerce la Presidencia de ambas entidades.

CABASE

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